Las personas que viven en el sector rural y que se dedican al trabajo del campo (siembra y cosecha de productos agrícolas y crianza de animales); y los pescadores artesanales.
El Seguro Social Campesino entrega prestaciones de salud y económicas. Las prestaciones de salud consisten en atención médica, ginecológica y odontológica; y las económicas en el pago mensual de jubilaciones por vejez e invalidez; y también el pago auxilio de funerales.
Los requisitos para afiliación al Seguro Social Campesino son los siguientes:
- Trabajar en el área rural.
- La residencia del ciudadano debe estar ubicada en el área rural.
- Laborar en el campo y/o dedicarse a la pesca artesanal.
- No ser afiliado a otro seguro público.
- Pertenecer a una organización campesina.
- No recibir remuneración de un empleador público o privado.
- No ser patrono.
El procedimiento para afiliación al Seguro Social Campesino es el siguiente:
- Los solicitantes (jefes de familia y dependientes) deben acercarse al dispensario del Seguro Social Campesino de la localidad más cercana a su residencia. Presentan su cédula de identidad original y solicitan la elaboración de la encuesta familiar.
- El dirigente de la organización campesina legaliza con su firma que los nuevos adherentes cumplan con los requisitos para el ingreso o reingreso al Seguro Social Campesino.
- El dirigente de la organización campesina recibe el informe de afiliación (aceptadas o negadas) y entrega el correspondiente carnet a los beneficiarios en asamblea general.
JUBILACIÓN POR VEJEZ: El jefe de familia tiene acceso al derecho de jubilación por vejez, para lo cual debe cumplir con la edad y años de aporte, de acuerdo al siguiente cuadro:
65 a 70 años de edad | 10 años de aporte. |
71 años de edad | 9 años de aporte. |
72 años de edad | 8 años de aporte. |
73 años de edad | 7 años de aporte. |
74 años de edad | 6 años de aporte. |
75 años de edad | 5 años de aporte. |
JUBILACIÓN POR INVALIDEZ: La pensión de jubilación por invalidez se otorgará al jefe de familia asegurado que por enfermedad, alteración física o mental, se hallare en incapacidad permanente y total, para procurarse por medio de su trabajo, su subsistencia y la de su familia, y hubiere aportado un mínimo de sesenta (60) imposiciones mensuales al Seguro Social Campesino, antes del inicio de la afección invalidante.
NOTA: Cuando el jefe de familia recibe la pensión de jubilación por vejez o invalidez, los integrantes de familia afiliados, designarán al nuevo jefe de familia que continuará aportando al Seguro Social Campesino.
La cuantía de la pensión mensual de invalidez y vejez del jefe de familia del Seguro Social Campesino no será inferior al valor de 100 dólares (USD 100). La pensión de invalidez y vejez será pagadera en doce mensualidades al año y se incrementará cada año en forma automática en el mismo porcentaje de incremento del Salario Básico Unificado.